Las medidas que se detallan a continuación, surgen como consecuencia del De.N.U. dispuesto por la Presidencia de la Nación, de suspender las actividades escolares en todo el territorio nacional y la consecuente cuarentena de toda la población.
Por ello, y hasta tanto se disponga el levantamiento de las medidas adoptadas, entrará en vigencia la medida: “INGRESO IRRESTRICTO CONDICIONAL HASTA LOGRAR LA PRESENCIALIDAD” que se aplicará de la siguiente manera:
- Todos los aspirantes que hayan registrado su inscripción conforme a lo establecido en los requisitos institucionales, hayan obtenido el “apto médico” y habiendo declarado su “conformidad” con respecto a la situación de “condicionalidad”, podrán acceder al cursado bajo la modalidad de aula virtual de todas las unidades curriculares con despliegue en el 1º cuatrimestre y anuales de 1° año, hasta tanto se levanten la medida de cuarentena preventiva obligatoria que permita la apertura de la institución, la asistencia presencial del aspirante y el acceso al examen de ingreso.
- Los aspirantes que declaren aceptación del “régimen condicional”, serán considerados “alumnos condicionales”, no pudiendo invocar bajo ningún aspecto, derechos adquiridos por su permanencia en la situación que se menciona.
- Solo podrán acceder al examen de ingreso los alumnos condicionales que acrediten participación activa y cumplimiento de las obligaciones que las unidades curriculares desarrolladas bajo la modalidad de aula virtual establezcan, durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria y el cursado bajo dicha modalidad.
- Los docentes a cargo del desarrollo de las unidades curriculares con despliegue en el 1º cuatrimestre y anuales de 1° año, deberán desarrollar los contenidos pertinentes en la modalidad antes mencionada, registrar la actividad del alumno y el cumplimiento de las obligaciones del cursado no presencial, pero no emitirá evaluación cualitativa ni cuantitativa, hasta tanto el alumno condicional logre la admisión a la institución y alcance el status de alumno de instituto de nivel superior.
- Este alcance se hará extensivo a las unidades curriculares del 2º cuatrimestre si eventualmente continuase la situación de cuarentena preventiva obligatoria.
- La situación de alumno condicional, por adeudar unidades curriculares del Nivel Secundario, operará en los mismos términos que están establecidos en la Resolución Nº 7618 ME/14.
- El cursado bajo la modalidad no presencial a través de aula virtual y/u otra alternativa digital, será reglamentada, a partir de que no está incluida en el R.A.I. del I.SE.F. – S.J., basado en el Anexo “Reglamento Académico Marco de la Resolución Nº 7618 ME/14”.
- La matriculación como alumno condicional, se llevará a cabo los días 6 y 7 de abril de 2020, a través de un formulario digital que se subirá a tal efecto y que registrará a los interesados entre la 0:00 hora del día 6/4/2020 y hasta las 24:00 horas del día 7/4/2020